El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso del Defensor del Pueblo contra la suspensión del voto de los extranjeros nacionalizados por la 'ley de nietos'.
El Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado por 10 votos a 2 el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo contra la decisión del Tribunal Supremo de suspender cautelarmente el voto de los extranjeros que han sido nacionalizados españoles gracias a la Instrucción -posiblemente ilegal- del Ministerio de Justicia que indicó cómo aplicar la ley de nietos.
Esta decisión, conocida por EL ESPAÑOL, mantiene por ahora las medidas cautelares acordadas por el Supremo y deja en el aire la participación de 163.020 ciudadanos residentes en el extranjero en las elecciones generales del 29 de noviembre. El Pleno ha inadmitido el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, que solicitaba levantar de forma urgente la suspensión del sufragio acordada por el Supremo. La mayoría considera que el recurso se presentó antes de tiempo, ya que el procedimiento judicial continúa abierto en el Supremo y los afectados todavía tienen la posibilidad de comparecer y presentar alegaciones.
El Gobierno, por su parte, respetó la decisión del TC y confía en que el Supremo permita votar a los nacionalizados por la ley de nietos. El Ejecutivo recuerda que el Constitucional ha desestimado el recurso por motivos de procedimiento sin entrar en el fondo del derecho al voto, y defiende que todos los "nacionales españoles" tienen derecho a votar, según las fuentes, "el más sagrado en democracia" como recoge la Constitución.
Por otro lado, tres afectados por la ley de nietos se han personado ante el TS denunciando que se ha vulnerado su derecho al voto. Los afectados consideran que la medida de suspensión del derecho al voto es "inconstitucional" y contraria a la ley, argumentando que el derecho de sufragio activo no se puede suspender.